En los últimos días ha surgido la duda de si el IVA (Impuesto de Valor Agregado) se debe añadir a las cuotas condominales; la respuesta es NO. Ahora bien, si la pregunta fuese que si el IVA afecta las cuotas condominales, en ese caso se podría responder que SÍ lo hace, pero de forma indirecta.
Como es sabido, el presupuesto de administración de un inmueble está compuesto por múltiples partidas donde destacan las de servicios como seguridad, administración, mantenimientos, reparaciones y otros. Antes de la entrada en vigencia del IVA, ninguno de esos servicios estaban gravados con impuesto alguno y el impacto económico que tenían sobre el condominio era idéntico al monto de los honorarios; ahora esto cambia ya que el impacto es el de los honorarios más el 13% de IVA que estos proveedores están obligados a cobrar en sus facturas para el traslado posterior al Ministerio de Hacienda.
A diferencia de las empresas, los condominios residenciales son -casi todos- consumidores finales lo que quiere decir que el impuesto les es cobrado, más no tienen posibilidad de utilizarlo como crédito fiscal y esto lo que genera es que los dueños de las propiedades tengan que pagar más dinero por los mismos servicios que ya han venido recibiendo.